REGLAMENTO DE USO DE LA TARJETA PLAYCARD CARRUSELES:

  1. Todas las atracciones mecánicas y dispositivos de entretenimiento de nuestros parques se activan mediante el uso de la tarjeta magnética recargable Playcard Carruseles.
  2. El cliente podrá consultar el saldo de su tarjeta Playcard Carruseles en las taquillas o en los analizadores de saldo de los parques. Una vez se haya consumido el valor que se cargó en la tarjeta, el cliente debe recargarla en las taquillas del parque. El valor mínimo de recarga es de $2.000
  3. La acumulación de tiquetes virtuales es automática. Los tiquetes de redención pueden ser acumulados en la tarjeta Playcard Carruseles si el cliente no desea redimirlos inmediatamente. Para esto debe acercarse al mostrador de Redención y solicitar el servicio. Los tiquetes acumulados en las tarjetas Playcard Carruseles no tienen vencimiento.
  4. CARRUSELES S.A. procederá a reponer y trasladar el saldo e historial de su tarjeta Playcard Carruseles, sin costo, sólo en el caso en que la tarjeta no logre ser leída por los lectores de los juegos del parque y esta se encuentre en buen estado. No se reponen tarjetas Playcard Carruseles rotas, dobladas, mordidas o con deterioro evidente en la banda magnética. En este caso el cliente deberá adquirir una nueva tarjeta a un costo de $3.000.
  5. No es necesario que el cliente adquiera otra tarjeta Playcard Carruseles cuando visite algún parque diferente al lugar de emisión de tarjeta. Para esto deberá acercarse a las taquillas del parque que visita y pedir que le habiliten el plástico más no el saldo. Cada parque maneja saldos e historiales de utilización independientes.
  6. CARRUSELES S.A. no se hace responsable por tarjetas extraviadas o robadas, ni sus saldos, ni por tarjetas o cargas adquiridas fuera de los parques de la compañía.

Deberes y responsabilidades de los visitantes, usuarios y operadores de parques de diversiones, atracciones y dispositivos de Entretenimiento (ley 1225 de 2008)

✅ Condiciones generales
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  • Abstenerse de ingresar a las atracciones o dispositivos de Entretenimiento bajo la influencia de alcohol, de sustancias psicotrópicas o de cualquier otra sustancia que altere el comportamiento y/o situación de alerta.
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  • Utilizar apropiadamente durante todo el recorrido los equipos de seguridad tales como barras de seguridad, cinturones de seguridad y arnés, suministrados por el operador.
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  • Abstenerse de exigir a los empleados del operador conducta distinta de las establecidas como normas de operación.
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  • Abstenerse de usar atracciones y dispositivos de entretenimiento o de participar en atracciones.
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  • Respetar y hacer respetar por parte de las personas a su cargo, los accesos al parque de diversiones y a las diferentes atracciones o dispositivos de entretenimiento.
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  • Respetar y hacer respetar por parte de las personas a su cargo, las filas, las zonas de circulación y cargue, los cierres y demás zonas restrigidas y mantener el orden y la compostura mientras se produce el acceso, durante el uso o la permanencia y a la salida del parque de diversiones y de sus atracciones o dispositivos de entretenimiento y demás actividades que se desarrollen en estos.
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  • Abstenerse y exigir de las personas a su cargo que hagan lo propio, de realizar cualquier actividad que ponga en riesgo su integridad física, la de los demás visitantes o usuarios o de los operarios y empleados del parque de diversiones o la integridad de los elementos, equipos, instalaciones o bienes que sae encuentren en el Parque de Diversiones.
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  • Abstenerse de ingresar a los cuartos de máquinas, las áreas de operación y mantenimiento y a las demás áreas restringidas del Parque de Diversiones y exigir lo mismo de las personas a su cargo.
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    Parágrafo segundo: Los visitantes y operadores de Parques de Diversiones y usuarios de Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento serán responsables por los perjuicios que llegaren a causar, originadas en conductas contrarias a los deberes que les impone la presente ley.

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